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EN BADAJOZ: Una juez plantea la inconstitucionalidad del tijeretazo salarial a los funcionarios

Estima que el recorte del Gobierno puede vulnerar 5 artículos de la Constitución. La Junta destaca que las sentencias hasta ahora favorecen a las administraciones.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Badajoz ha dictado un auto, con fecha 21 de marzo del 2011, en el que plantea al Tribunal Constitucional (TC) la inconstitucionalidad del recorte salarial que sufren los empleados públicos. Es la primera decisión judicial en este sentido en la región, tras dos resoluciones de juzgados de Badajoz y Cáceres, que avalaban el tijeretazo del Gobierno. En concreto, la juez plantea una "cuestión de inconstitucionalidad" sobre el Decreto 8/2010 que modificaba la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que imponía medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

El juzgado atiende así el recurso de la Federación de Servicios Públicos de Comisiones Obreras (CCOO), contra el recorte salarial acordado por el Ayuntamiento de Badajoz al amparo de la decisión del Ejecutivo central. Considera la magistrada que las medidas que se recogen en el Decreto 8/2010, "concretamente los artículos 22, 24 y 28, podrían vulnerar los artículos 86.1, 14, 31, 33.3 y 134 de la Constitución". Por ello, dispone que se eleve "al TC la cuestión de inconstitucionalidad, con testimonio de los autos principales y de las alegaciones de las partes". El recurso de CCOO plantea que el citado decreto vulnera "los artículos 7, 28.1, 14, 33, 37, 9.1, 3, 86.1 y 134", que la magistrada reúne en cinco. Y, si bien admite que el ayuntamiento se limitó a acatar el decreto, señala que "no concurrían en la aprobación del presupuesto municipal el requisito de extraordinaria y urgente necesidad".

El ayuntamiento se opuso en su momento a la pretensión sindical porque "no existen vicios de constitucionalidad". Sin embargo, aceptó que si el juzgado entendía que había dudas al respecto, "debía plantearse la cuestión".

DOS LECTURAS El auto del Juzgado de lo Contencioso 2, de 17 páginas, sale dos meses después de una sentencia del número 1, con una divergencia clara. El magistrado del 1 resolvió el recurso de un funcionario municipal que solicitaba dejar sin efecto la bajada de sueldo, considerando que se ajustaba a la Carta Magna, y rechazó plantear la cuestión de inconstitucionalidad.

El auto se basa en el artículo 163.1 de la Constitución y el 35.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. La jueza señala en los fundamentos jurídicos que el Decreto 8/2010 "limita derechos económicos de los funcionarios ya reconocidos para toda la anualidad", así como el "principio de protección de la confianza legítima" y de "seguridad jurídica".

El auto, según la juez, vulneraría el artículo 86.1, sobre derechos, deberes y libertades de los ciudadanos; el 14, porque la reducción no afecta a todos los empleados públicos por igual; o el 31, por configurar el recorte "como una norma fiscal de alcance progresivo y cuasi confiscatorio", o "impuesto encubierto".

También vulneraría el artículo 33.3, "porque se recortan derechos económicos adquiridos", cuando estaban reconocidos para toda la anualidad; y el 134 "porque infringiría el principio de anualidad presupuestaria", e invadir "materia reservada a la Ley de Presupuesto del Estado".

El consejero de Administración Pública, Angel Franco, afirmó tras conocer el auto, que "todas las sentencias emitidas hasta ahora en torno a la constitucionalidad del decreto para reducir el déficit "son favorables" a las administraciones públicas. Dijo que el recurso forma parte "del guión que los representantes de los trabajadores públicos o ellos mismos, si entienden que se han menoscabado sus derechos, formulen las demandas pertinentes".

Franco añadió que "el Gobierno entendió que tenía capacidad para hacerlo, las comunidades autónomas tuvimos que aplicarlo y todo lo que se pueda sustanciar en los tribunales ya veremos en qué acaba".

VICIADO CCOO señaló que "de admitirse este planteamiento por el Tribunal Constitucional, no tendría que valorar el resto de cuestiones, quedando viciado de inconstitucionalidad el texto completo". Y consideró que "no solo se restablecerían los derechos retributivos, sino el conjunto de los derechos sociales y disposiciones regulados".

Con este auto, CCOO consigue elevar "al TC el recorte salarial al personal de sociedades mercantiles, organismos autónomos, tanto laborales como funcionarios estatales, autonómicos o locales", completando un cuadro de protección "de la totalidad del empleo público".

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